Como comprar su casa
Quiere comprar la casa de sus sueños en España?
Es una buena idea, muchos extranjeros lo han hecho y
están muy contentos de donde viven. Pero algunos
de ellos tuvieron malas experiencias durante el proceso.
En España, sólo los Agentes de la Propiedad
Inmobiliaria están en posesión de un titulo
profesional otorgado por el Ministerio de Fomento.
Para la obtención de esta acreditación
es imprescindible tener una titulación universitaria
y superar un examen convocado por el Ministerio de Fomento.
Esta normativa que data de 1969, ha sido declarada conforme
a la Constitución por el Tribunal Constitucional.
Le recomendamos que no pague honorarios o comisiones
a personas sin titulación para mediar en operaciones
de compraventa o alquiler de inmuebles.
AIRMAR es una agencia inmobiliaria licenciada y cualificada
para asistirle durante el proceso de compra. Pertenecemos
al Colegio API de Castellón, con el número
de colegiado 403 (Rigoberto Ebrí Sorigó).
Que necesita saber....
En la actualidad, no
hay ninguna restricción legal respecto a la compra,
por un extranjero, de una vivienda particular en España.
La oferta de
propiedades en España puede dividirse como sigue
- apartamentos
- casas adosadas
- casas individuales
- casas de campo... y cualquier otro inmueble.
Tiene que saber que
como comprador, los gastos extras que
tendrá que pagar representan alrededor del 10
por ciento del precio de compra. Tendrá que pagar
por:
- Impuesto de Transmisiones Patrimoniales
(ITP 7%) por la compra de una vivienda de segunda mano,
o el IVA del 7%, más el ITP (1%), por la compra
de una vivienda nueva.
- Gastos de Notario y Registro (aproximadamente el 2%),
- Gastos de conexión de los diferentes servicios
(agua, electricidad, teléfono, etc.),
- Los honorarios de AIRMAR por la realización
de esos trámites.
Los ciudadanos no residentes que posean una propiedad
en España, tienen que pagar los siguientes impuestos:
- Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
- Basuras y Alcantarillado.
- Impuesto sobre el Patrimonio.
- Impuesto sobre la Renta de No Residentes.
También es importante saber que cuando una persona
no residente vende su propiedad en España, Hacienda
le retendrá el 5% del precio decarado en la escritura
de compra-venta. Airmar informará al vendedor
sobre la posible devolución de este 5%.
La
Comunidad de Propietarios
Cuando se compra una vivienda en España, a menudo ésta
es parte de un edificio con unos elementos comunes como
el jardín, la piscina, el garaje, ... o si se
trata de una casa situada en una urbanización,
elementos como las calles, alumbrados, ... Si este es
el caso, usted se convierte en un miembro de la Comunidad
de Propietarios, donde usted y los demás propietarios
son responsables del mantenimiento de estos elementos
comunes.
Estatutos
Cada propiedad que forma parte de la Comunidad tiene
una cuota determinada. Normalmente esa cuota esta calculada
según los metros cuadrados de cada vivienda. Sus
gastos anuales de Comunidad están basados en esta
cuota.
Los cuerpos de decisión
El cuerpo de decisión más alto de la comunidad
es la Junta General (reunión de todos los propietarios).
Estas reuniones pueden ser de dos tipos: la junta ordinaria,
que se celebra cada año, y la junta extraordinaria,
que puede ser convocada en cualquier momento cuando sea
necesario.
La Junta general elige a un presidente, un secretario
y un administrador, quienes van a dirigir la Comunidad
de Propietarios durante el periodo que acuerden, generalmente
un año.
Las cuotas de Comunidad
En la Junta general ordinaria se presenta el presupuesto
de la Comunidad. Una vez aceptado, el administrador manda
a cada propietario el importe que tiene que pagar, basado
en la cuota de cada apartamento. Las cuotas se pagan
por adelantad, para todo el año o para parte
del año.
La Escritura
En España, para que una escritura sea legal,
siempre tiene que estar redactada y firmada por un notario.
El Vendedor presenta, al Notario, un borrador de la
escritura de compra-venta y los acuerdos pactados entre
el comprador y el vendedor. Si la propiedad es nueva,
las escrituras se basarán en la ley de la división
horizontal y las leyes relacionadas a la construcción
de viviendas nuevas.
Una vez firmada ante notario, se recomienda inscribir
su vivienda en el Registro de la Propiedad para que sus
derechos de propiedad tengan una protección legal.
Si no se precisa una hipoteca para la compra de la vivienda,
quedará inscrito en la Escritura que el importe
de la compra se paga íntegramente y que la escritura
constituye el recibo más firme de esa compra.
El comprador es el que tiene que pagar los gastos que
conlleve la escritura, a excepción del impuesto
de Plusvalía -que salvo pacto en contrario- deberá de
pagarlo según ley, el vendedor.
El Registro
Unos días después de la firma, el notario
remite a AIRMAR la copia de la escritura de compraventa.
Desde AIRMAR, efectuamos la gestión para la inscripción
de la escritura de compraventa en el Registro de la Propiedad.
Una vez aportada la escritura en el Registro de
la Propiedad, el Registrador procede a efectuar el asiento
de entrada, y se le otorga los números de registro
pertinentes. Una vez formalizados los trámites
de inscripción, el Registro remite de nuevo la
escritura a AIRMAR, y nosotros al cliente.
La escritura original se queda en los archivos del notario,
el interesado puede personarse en cualquier momento en
las dependencias de la notaría a efectos de solicitar,
previo el pago de los honorarios oportunos, las copias
que estime convenientes.